Derecho a la vida y el aborto por violación / Gaviero
Otra vez la burra al trigo, y es que de repente hay temas en los que nada más no se avanza, son de esos temas que caminamos en círculos. Hace uno días se sometió a la Corte de Justicia un caso donde una Lucia, una estudiante del tercer año de primaria, muy cercana al profesor se ganó su confianza y una tardes la violó, después de días se sintió mal y cuando su mamá la llevó al médico tenía 15 semanas de embarazo, debido a que el embarazo estaba muy avanzado, y Lucia de 9 años fue obligada a ser madre.
Los jueces de la Corte, avalaron que la NOM 046-SSA2-2005, que ordena a todos los hospitales públicos interrumpir los embarazos resultados de violación, sin necesidad de que la víctima denuncie el delito ante el ministerio público o que alguna autoridad lo autorice. Con los cual las instituciones de salud no podrán negarse a realizar la práctica, lo cual ya pasó con el sector salud del Estado, recientemente.
Otra lamentable noticia, es que el Congreso del Estado, se niega a legislar en concordancia con los derechos de las mujeres, y nos manda a un futuro descorazonador a la sana convivencia social pues, abriendo con ello las trincheras que impiden la convivencia entre la sociedad hidrocálida.
En el punto en que nos encontramos, la actual legislatura del Estado, olvida olímpicamente, de tajo tres cuestiones importantes a saber.
1. La democracia, si mal no recordamos las leyes que pretenden regular los derechos reproductivos, y con ello, nos lleva al hilo, inmediatamente al tipo penal del aborto, fueron hechas, hace tiempo por hombres, basta una breve lectura a los dictámenes legislativos, que se encuentran en resguardo del poder legislativo local, para demostrar tal afirmación, y con ello, afirmar que no se tomó nunca en cuenta a las mujeres-. Ahora bien, si damos por cierto, aquella afirmación que la validez jurídica de las leyes, depende del acuerdo con el que aquellas personas afecta, podemos, bajo este hilo conductor que, las leyes penales locales, no tomaron en cuenta la opinión de la mujer. Y llegando a la triste actitud asumida por la legislatura no ha escuchado con atención a las abusadas, maltratadas y humilladas en sus derechos.
2. Derechos. Todo parece ser, no se toma en serio las decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como si tales instituciones no existieran o quizás con la idea de que, es posible ignorarlas.
Ya la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso “Artavia Murillo”, señalo, dicho de manera muy sintética, que los derechos reproductivos son derechos, y que un embrión no implantado no es persona, el derecho a la vida es gradual e incremental.
La controversia constitucional 53/2016, el juez Arturo Saldívar, señaló que es “muy grave poner requisitos excesivos e
interpretaciones rigoristas de cómo se debe modificar una Norma Oficial Mexicana para no generar cierta incomodidad a las autoridades que la van aplicar, perjudicando el derecho de las mujeres y las niñas”.
3. Interpretación jurídica, No hay que dejar de lado, que las interpretaciones jurídicas más serenas, nos indican que se deben fortalecerse justamente los derechos de las mujeres y no olvidar el viejo principio kantiano, la mujer como fin, no como medio. Hay que recordar que este debate se ha caracterizado por un profundo desacuerdo moral que nos atraviesa a todos por entero, no lo olvidemos.
La opinión de: Omar Williams López Ovalle